Los servicios jurídicos municipales entienden que el acuerdo del Consejo de Ministros vulnera la normativa aplicable y hubo otorgamiento por silencio administrativo positivo al denegarlo fuera de plazo
Siguiendo instrucciones del alcalde, Juan Franco, y del Pleno de la Corporación a los letrados de la Asesoría Jurídica Municipal, el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción ha interpuesto ante la sala tercera del Tribunal Supremo demanda contencioso-administrativa contra el acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 25 de octubre de 2022, en el que se denegaba al consistorio la autorización para celebrar una consulta popular relativa a la petición de conversión del municipio en ciudad autónoma.
Como ya se conoce, la intención de solicitar una consulta popular para recabar la opinión de los ciudadanos de La Línea sobre si debía o no solicitarse al Gobierno la conversión del municipio en ciudad autónoma, similar al estatus de Ceuta o Melilla, tiene su origen en el acuerdo de Pleno del Ayuntamiento, de fecha 8 de julio de 2021, en el que los concejales de la Corporación acordaron, sin ningún voto en contra y dos abstenciones, el inicio de expediente para la celebración de dicha consulta popular.
Posteriormente, en 10 de marzo de 2022, el Pleno del Ayuntamiento de La Línea acordó llevar a cabo, previa la preceptiva autorización por parte del Consejo de Ministros, la consulta Popular en el Municipio de La Línea con el siguiente tenor: «¿Cree Usted conveniente que el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción eleve al Gobierno de la Nación y a las Cortes Generales una petición para instar la conversión del Municipio en Comunidad Autónoma de acuerdo con el art. 144 a) de la Constitución Española?».
Los servicios jurídicos municipales remitieron la petición de autorización a la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía el 15 de marzo de 2022, tal y como marca la ley. El Gobierno de la nación fue informado de dicha petición por la propia Junta de Andalucía el 12 de abril de 2022, disponiendo el Consejo de Ministros desde ese momento de un plazo de tres meses para informar si accedía o no a dicha consulta popular en La Línea, entendiéndose que, transcurrido dicho plazo, el silencio ha de tener sentido positivo, esto es, que se permite la consulta, tal y como estable la Ley de Procedimiento Administrativo. Sin embargo, el Consejo de Ministros, en sesión de 25 de octubre de 2022, más de seis meses después de la entrada de la petición de Autorización vía Junta de Andalucía ante la Dirección General de Régimen Jurídico del Ministerio de Política Territorial (Gobierno Central), desestimó la solicitud municipal para celebrar la consulta popular solicitada.
Entienden los letrados de la Asesoría Jurídica Municipal que dicho acuerdo del Consejo de Ministros vulnera la normativa aplicable con relación a los efectos del silencio administrativo positivo y que, además, el Ayuntamiento de La Línea ostenta competencias para solicitar dicha consulta popular, todo lo cual justifica acudir al Tribunal Supremo para esclarecer esta cuestión.
Así las cosas, tras la demanda del Ayuntamiento contra el acuerdo del Consejo de Ministros, será finalmente el máximo órgano judicial del país, el Tribunal Supremo, el que, de una vez por todas aclare si el Ayuntamiento de La Línea puede o no celebrar una consulta popular sobre la posibilidad de convertirse en ciudad autónoma.
El alcalde espera que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo “admita estos argumentos y a partir de ahí se pueda celebrar la consulta”, reiterando que el equipo de gobierno “sigue perseverando en este plan fundamental para que la ciudad salga de la situación que actualmente atraviesa.” Por la próxima convocatoria de elecciones en el mes de mayo, la resolución judicial no se conocerá hasta el mandato municipal 2023-2027